“La Sociedad Mercantil tendrá por objeto principal de sus operaciones comerciales todas las actividades relacionadas, directa e indirectamente, con el Negocio Naviero, nacional e internacional. De forma específica en cuanto se refiere a: Servicios de Transporte Marítimo con Buques propios o arrendados; Servicios de Operación Portuaria incluyendo la renta y alquiler de equipos; Servicios de Traders; Corretajes de Cargas y Fletes; Compra y Venta de Buques y accesorios de navegación; Agenciamiento Aduanal y Naviero; Inspecciones y Certificaciones Marítimas; Asesorías y consultas, igualmente podrá representar en cualquier actividad a empresas tanto nacionales como internacionales. En general podrá dedicarse a todo acto de lícitoComercio, esté o no relacionado con la enumeración que antecede, la cual deberá considerarse como enunciativa y no limitativa de los objetos sociales”
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